lunes, 28 de marzo de 2011

Subasta de Bonos

En este post continúo profundizando en la Deuda Pública, centrándome ahora en los Bonos del Estado, otro tipo de valores del Tesoro español como son las Letras del Tesoro a las que dediqué la última entrada publicada.




Los Bonos del Estado son valores de renta fija emitidos por el Estado, mediante los cuales el inversor presta dinero al Estado para financiar el déficit público, percibiendo una remuneración en forma de tipo de interés al final de cada año. Actualmente los plazos de emisión son de 3 y 5 años. Se emiten a un plazo superior a dos años,con vencimiento a medio o largo plazo, y generan rentabilidad para el inversor normalmente a través de pagos periódicos (cupones) hasta el momento de su vencimiento, en el que se abona el valor de amortización del bono y se paga el último cupón.


Subasta de Bonos
El Tesoro publica al inicio de cada año en el BOE el calendario de subastas de los diversos tipo de Valores, y éste permanece vigente durante todo ese año y el mes de enero del año siguiente. En este calendario se incluyen además de las fechas de subasta, las de presentación de peticiones y las de desembolso, tanto de los Bonos como de las Obligaciones del Estado para el año 2011.




La subasta es el procedimiento general de emisión de activos del Tesoro, a través del cual los inversores presentan sus peticiones, que pueden ser competitivas, si refleja los precios que están dispuestos a pagar por los valores; o no competitivas, si no refleja dichos valores. El emisor decide el precio mínimo que acepta recibir, rechazando todas las peticiones a precios inferiores al mismo.


Los Valores se pueden adquirir en el momento de su emisión, en el mercado primario. Esta forma de adquisición se denomina suscripción. El Tesoro los emite mediante subasta competitiva. En el caso de los bonos, el valor nominal mínimo que puede solicitarse es, al igual que en las Letras, de 1.000 euros y las peticiones por importes superiores han de ser múltiplos de ese nominal. El Tesoro realiza una serie de subastas del mismo activo en meses sucesivos hasta que el importe de esa emisión se aproxima a los 10.000/15.000 millones de euros, asegurando así la liquidez en el mercado secundario. Cualquier persona física o jurídica puede formular peticiones de suscripción de los Valores del Tesoro en la correspondiente subasta, a través de la Entidad Gestora en que desee que los valores queden registrados; tales peticiones se consideran compromisos en firme de adquisición de los Valores del Tesoro solicitados, de acuerdo con las condiciones de emisión.



En el mercado secundario se intercambian Letras, Bonos y Obligaciones ya emitidos (en el mercado primario), y en él participan la inmensa mayoría de los intermediarios financieros. La compra de los activos en este mercado se puede realizar de diversas formas:
  1. A través de un intermediario financiero (bancos, cajas, sociedades o agencias de valores...), fijándose el precio libremente entre la entidad y el cliente.
  2. A través de la Bolsa. En este caso, el precio es consecuencia de las numerosas órdenes de compra y venta que se cruzan cada día en la Bolsa.
Rentabilidad de los Bonos del Estado
Los bonos tienen una rentabilidad bastante menor que las obligaciones, pero en contraposición, su plazo más corto evita la fuerte volatilidad en sus precios que puede llevar a bajo rendimiento suponiendo que se quiera vender el bono del Estado antes de su vencimiento.
  • Rentabilidad última subasta


La rentabilidad de los Bonos y Obligaciones del Estado depende de su cupón fijo y del precio efectivo que se paga al adquirirlos. Estos se emiten con un cupón fijo, que es el interés nominal, generalmente periódico y expresado como un porcentaje del valor nominal del activo, que tienen derecho a percibir los propietarios de un bono, cuya cuantía se ha fijado en el momento de la emisión. Cada año los inversores recibirán el cupón que corresponde a los Valores adquiridos. De esta forma el inversor conoce con exactitud, al comienzo de su inversión, la rentabilidad que la misma le va a generar anualmente.


Pero el cupón no debe confundirse con la rentabilidad de la inversión, pues para calcularla hay que tener en cuenta el precio efectivo pagado al comprar los Bonos. Así, si el precio pagado al comprar el Bono es inferior a su valor nominal, la rentabilidad anual de la inversión será superior al cupón nominal. Si, por el contrario, el precio pagado es superior a esa cifra nominal, el rendimiento anual será inferior al cupón anual.
  • Cálculo de la rentabilidad
Para calcular la rentabilidad de una inversión en Bonos, se aplica la siguiente fórmula de capitalización financiera:


Donde:
P= precio de compra o de suscripción del Bono en la subasta
Fi= cupón en euros recibido cada año i
C= cupón corrido en euros, es decir, el cupón devengado por el Bono desde el último pago de cupón hasta la fecha de compra o venta del Bono
R= tipo de interés o rentabilidad
qi= número entero de años entre la fecha de emisión y la fecha de amortización del Bono
di= número de días entre la fecha de emisión y la fecha resultante de estar qi años a la fecha de pago
bi= 365 ó 366 días, según el número de días del primer período anual de devengo de intereses.


Para finalizar, dejo aquí el link de una noticia de actualidad sobre los bonos y demás títulos del Tesoro español.

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